El presidente Santiago Peña promulgó el decreto que establece un incremento del 5% en el salario mínimo. El Gobierno sostiene que la evolución del costo de vida no es el único criterio para definir el reajuste, mientras que el sector empresarial cuestionó la medida.

El presidente Santiago Peña oficializó el reajuste del salario mínimo mediante el Decreto N.º 6225, que establece un aumento del 5% y fija el nuevo ingreso mínimo en G. 3.044.000. El jornal básico, por su parte, pasó a ubicarse en G. 117.077.

A diferencia de años anteriores, el decreto incorpora una extensa fundamentación para justificar una suba superior a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Banco Central del Paraguay.

El documento se apoya en el artículo 255 del Código del Trabajo, modificado por la Ley N.º 5764, que faculta al Poder Ejecutivo a considerar la propuesta del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) y tomar la decisión final sobre el monto del reajuste.

Peña defendió la recuperación del poder adquisitivo

Según el texto oficial, el Gobierno tuvo en cuenta que la evolución de los ingresos reales no fue uniforme entre los distintos sectores económicos y que los parámetros del IPC resultan insuficientes para determinar el nuevo salario mínimo.

“El análisis refleja un comportamiento desigual en la evolución de los ingresos y una afectación del poder adquisitivo de los trabajadores que perciben el salario mínimo”, sostiene uno de los argumentos recogidos en el decreto.

Con esa base, el Ejecutivo defendió un ajuste orientado a favorecer una recuperación efectiva del ingreso de los trabajadores.

Empresarios cuestionan la medida

La decisión generó reparos en sectores empresariales.

El presidente de la Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco), Enrique Duarte, y el titular de la Federación de Mipymes (Fedemipymes), Luis Tavella, expresaron su preocupación al considerar que el reajuste debería responder exclusivamente a la variación del IPC.

Desde ambos gremios sostienen que el incremento dispuesto por el Gobierno no se ajusta a los criterios previstos en la legislación vigente y advirtieron sobre el impacto que podría tener sobre algunos sectores productivos.

El Ministerio de Trabajo reglamentará actividades específicas

El decreto también establece que el Ministerio de Trabajo deberá avanzar en la reglamentación de los salarios mínimos correspondientes a actividades específicas.

Con la promulgación del Decreto N.º 6225, el nuevo salario mínimo comenzará a regir oficialmente, consolidando una de las principales medidas económicas impulsadas por el Gobierno de Santiago Peña durante este año.