La Sala Penal de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación presentado por la defensa del exgerente periodístico de Canal 9. Fue condenado por acoso sexual, coacción y coacción sexual.
El exgerente periodístico de Canal 9, Carlos Granada, deberá volver a prisión para cumplir una condena de 10 años de pena privativa de libertad, luego de que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declarara inadmisible el recurso extraordinario de casación presentado por su defensa.
Con esta decisión, quedó firme la sentencia dictada en primera y segunda instancia contra Granada, quien fue declarado culpable por acoso sexual, coacción y coacción sexual.
La resolución fue firmada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, quienes concluyeron que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley.
Según el fallo, no alcanza con afirmar que una resolución es infundada o expresar críticas y agravios. La Corte sostuvo que ese tipo de cuestionamientos deben estar respaldados por argumentos jurídicos pertinentes y suficientes, algo que, a criterio de la Sala Penal, no ocurrió en este caso.
Granada se encontraba con libertad ambulatoria desde marzo de este año. Sin embargo, con la determinación de la máxima instancia judicial, deberá regresar a un centro penitenciario para cumplir la condena.
El exgerente de prensa del Grupo Albavisión había sido condenado en noviembre del año pasado, luego de que un Tribunal de Sentencia concluyera que, mientras ejercía un cargo jerárquico, incurrió en conductas reiteradas y patrones similares de acoso y coacción contra las víctimas.
Durante el juicio, la sentencia tuvo por acreditado que las víctimas eran jóvenes, estudiantes o pasantes que se encontraban en situación de vulnerabilidad económica. También se expusieron episodios reiterados de contactos físicos indebidos y otras conductas agresivas atribuidas al condenado.
Con la inadmisibilidad del recurso extraordinario, la condena queda firme y la Justicia dispone el cumplimiento efectivo de la pena.